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RETORNO GRADUAL A LAS ACTIVIDADES PRESENCIALES EN LA UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO - 22/08/2021

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Preguntas Frecuentes

El Nuevo Coronavirus COVID-19 es una cepa de la familia de coronavirus que no se había identificado previamente en humanos. Los coronavirus son causantes de enfermedades que van desde el resfriado común hasta enfermedades más graves, como Insuficiencia Respiratoria Aguda.

El virus se transmite de persona a persona cuando tiene contacto cercano con un enfermo. Por ejemplo, al vivir bajo el mismo techo, compartir la misma sala en un hospital, viajar por varias horas en un mismo medio de transporte, o cuidar a un enfermo sin la debida medida de protección.

1. El contagiado debe dormir en una pieza solo. Si no se puede, que tenga al menos un metro de distancia con otros. La habitación debe tener ventilación.

2. Moverse lo menos posible por la casa.

3. Tener sus propios utensilios para comer (vasos, bombillas, cubiertos, etc.) y no compartirlos. Se deben lavar con detergente.

4. Preferir toallas de papel y usar una toalla individual.

5. La persona que atienda al enfermo debe usar mascarilla y lavarse las manos tras cada contacto. En caso de tener contacto con fluidos corporales, debe usar guantes desechables y ojalá delantal plástico.

6. Los desechos deben ponerse en una bolsa plástica, cerrarla y botarla.

7. El baño debe ser desinfectado al menos una vez al día con cloro diluido en agua (450 cc de agua y 50 cc de cloro) y también desinfectar la ropa sucia y todos los textiles usados por el paciente se deben poner en bolsas plásticas y no se deben agitar. Hay que lavarlos a máquina a 60-90 ºC con detergente normal y secar bien.

8. Todos quienes viven con el paciente deben ser monitoreados por la Autoridad Sanitaria.

Declarado por el Presidente de la República mediante un decreto supremo firmado por los Ministros de Interior y Defensa, en caso de calamidad pública dentro de una determinada zona geográfica; por calamidad pública de causas humanas o naturales, de una magnitud tal que generen un grave daño al normal desarrollo de la vida social y la economía, afectando significativamente a personas o bienes dentro del territorio de la República. Los acontecimientos que motivan su declaración, pueden ser variados y de amplio alcance, cubriendo sismos, inundaciones, sequías, epidemias -pandemia de Covid-19, en este caso- o la provocación de una peste por obra de elementos químicos, biológicos o bacteriológicos, etc.

Vigencia del estado de excepción: Prorrogada hasta el día 30 de septiembre de 2021. Decreto 153 del 30 de junio de 2021.